1. Calendario de Presentación (Abril – Junio 2026)
- Internet: Desde el 8 de abril.
- Teléfono: Desde el 6 de mayo (con cita previa desde el 29 de abril).
- Presencial: Desde el 1 de junio (con cita previa desde el 29 de mayo).
- Fecha límite: El 30 de junio (el 25 de junio si el resultado es a ingresar y quieres domiciliar el pago).
2. ¿Quién está obligado a declarar?
- Rentas del trabajo:
- Un pagador: Si superas los 22.000 € anuales.
- Varios pagadores: Si superas los 15.876 € (y el segundo pagador te ha abonado más de 1.500 €).
- Autónomos: Todos, sin excepción por ingresos mínimos, si han estado de alta en 2025.
- Inversores: Si superas 1.600 € entre intereses, dividendos y ganancias patrimoniales sujetas a retención.
- Situaciones especiales: Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y quienes hayan percibido el paro (que cuenta como segundo pagador).
3. Deducciones Estatales (Lo que resta impuestos)
Estas se aplican en todo el país:
- Maternidad: 1.200 € anuales por hijos menores de 3 años.
- Familia y Discapacidad: Deducciones por familia numerosa (1.200 € o 2.400 €) o por ascendientes/descendientes con discapacidad a cargo (1.200 €).
- Vivienda Habitual:
- Compra: Solo para adquisiciones anteriores a 2013.
- Alquiler: Solo para contratos anteriores a 2015.
- Eficiencia Energética: Deducciones de entre el 20% y el 60% por obras que reduzcan el consumo de calefacción o mejoren el certificado energético de la vivienda.
- Movilidad Eléctrica: Deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos o instalación de puntos de carga.
- Donaciones: Deducción del 80% de los primeros 250 € donados a ONGs y entidades acogidas a la Ley de Mecenazgo.
4. Reducciones de la Base Imponible
Cantidades que se restan de tu sueldo bruto antes de calcular el impuesto:
- Planes de Pensiones: Máximo de 1.500 € (individuales) o hasta 8.500 € adicionales (de empresa).
- Gastos del trabajo: Cuotas sindicales, colegios profesionales (hasta 500 € si es obligatorio) y gastos de defensa jurídica por pleitos laborales (hasta 300 €).
5. Novedades Específicas 2025
- Criptomonedas: Obligación de informar sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (Modelo 721) si superan los 50.000 €.
- Mutualistas: Ajuste automático para jubilados que cotizaron a mutualidades antes de 1978 (reducción de la base imponible).
