Se da el caso de que un Mutualista ha fallecido y los herederos tienen el derecho de cobrar el dinero que les corresponde ya que es un Derecho Sucesorio al constar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En este caso, se debe de reclamar a la Agencia Tributaria. Esta solicitará la documentación siguiente:
. Certificado de defunción.
. Libro de familia completo.
. Certificado del registro de últimas voluntades.
. Testamento (sólo si figura en el certificado de últimas voluntades).
. En el supuesto de que haya varios herederos y se desee que el importe de la devolución sea abonado a uno de ellos, autorización escrita y firmada con fotocopia del DNI de todos ellos.
. Certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de las personas que van a cobrar la devolución.
Como siempre, aconsejamos el poder realizar la petición de forma telemática, ya sea mediante clave PIN, firma digital u otro medio para poder hacer un seguimiento del expediente y poder responder con la máxima rapidez.