CONTROL HORARIO

                Obligación de control horario en el sector público y privado

El control horario es una obligación legal que afecta tanto a las empresas privadas como a las administraciones públicas, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la jornada laboral y el registro efectivo del tiempo de trabajo de los empleados. En el ámbito de la Administración de Justicia, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, establece que la distribución de la jornada y la fijación de los horarios se determinará a través del calendario laboral aprobado por el órgano competente, y que el incumplimiento de la jornada dará lugar al descuento automático de las retribuciones correspondientes al tiempo no trabajado. El trabajo efectivo se considera el prestado dentro del horario establecido, teniendo en cuenta las compensaciones horarias y los permisos retribuidos.

Medios y sistemas de control horario

El control del cumplimiento del horario puede realizarse mediante diferentes medios, como relojes de control horario, sistemas informáticos o telemáticos, o, en su defecto, mediante hojas de firmas. La normativa sectorial y autonómica suele concretar los sistemas a emplear y las obligaciones de fichaje de entrada y salida, así como la responsabilidad de los jefes de unidad o responsables de personal en la supervisión y custodia de los registros. Por ejemplo, en la Administración de Justicia en Cataluña, la Orden JUS/3/2015 regula el uso de relojes de control horario y otros medios, estableciendo la obligación de registrar las ausencias y su justificación, así como la deducción proporcional de haberes por la parte de la jornada no realizada sin causa justificada.

Responsabilidad y consecuencias del incumplimiento

La responsabilidad del control horario recae en los responsables de las unidades administrativas o de personal, quienes deben velar por el cumplimiento de la jornada y horario, informar a los empleados y tramitar las incidencias. El incumplimiento de la obligación de fichar o de justificar las ausencias puede dar lugar a deducciones salariales y, en su caso, a la apertura de procedimientos disciplinarios.

Flexibilidad y particularidades

La normativa puede prever márgenes de flexibilidad en la entrada y salida, así como la posibilidad de adaptar los sistemas de control horario a las características del centro de trabajo o del personal (por ejemplo, trabajo fuera del centro, teletrabajo, etc.), siempre garantizando la fiabilidad del registro horario.

Resumen

  • El control horario es obligatorio y debe garantizar el registro fiel de la jornada laboral.
  • Los sistemas de control pueden ser electrónicos, telemáticos o manuales, según la normativa aplicable.
  • El incumplimiento del control horario puede conllevar deducciones salariales y sanciones disciplinarias.
  • La responsabilidad del control recae en los responsables de personal o de las unidades administrativas.
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