En los próximos días se inicia la Campaña de Renta y hacemos los comentarios siguientes al objeto de ir preparando la documentación. Los borradores de la Agencia Tributaria siempre tienen errores y, por supuesto, a su favor:
- Este año hay más obligaciones en cuanto a la Renta. Además, determinadas ayudas, aunque sean de poco importe, deben de declararse.
- Saber exactamente si No hay obligación de declarar y, puede que no haya obligación pero merezca la pena hacer la declaración porque hay cantidades a devolver.
- Comprobar la documentación en el caso de que se hayan realizado compras, ventas, aceptaciones de herencias, y, en resumen todo aquello que se considere que hay que analizar para la confección de la declaración.
- Recordemos que, a efectos de Unidad Familiar, la Agencia Tributaria tiene sólo la información con fecha 31 de Diciembre del 2.023. Es conveniente saber que cambios a habido durante el año 2.024. Además, hemos de comprobar si la información de la vivienda habitual es la correcta en el caso de que haya habido cambios.
- Inversiones. Compra venta de fondos de inversión, acciones, recuperación de Planes de Pensiones y/o de Jubilación . Inversiones de cryptomonedas. Si se han declarado o no en Enero del 2.025.
Adjuntamos, dadas las noticias contradictorias que se han ido publicando, adjuntamos el último folleto de la Agencia Tributaria. Tanto los Colegios de Economistas, como de Asesores Fiscales y de Técnicos Tributarios hemos elevado nuestras propuestas ya que representa un cambio en la normativa que se publicó en Abril del 2.024 relativa a la devolución de dichas cantidades. Ahora obligan a reclamarlas cada año y a diferir el pago hasta el año 2.028. Teniendo en cuenta que es un tema que afecta a personas de cierta edad, no deja de ser preocupante.