AYUDAS COCHE ELECTRICO, PARTICULARES Y AUTONOMOS

Cuantías del Plan Auto+

El Plan Auto+ sustituye al anterior Plan MOVES III y destaca porque la ayuda se descuenta directamente en la factura de compra en el concesionario. Las cantidades varían según tu perfil:

  • Autónomo (Persona física con actividad económica):
    • Hasta 6.000 € de ayuda directa para turismos (M1).
    • Hasta 7.500 € de ayuda directa para furgonetas o vehículos de carga ligera (N1).
    • Nota: El concesionario añade por ley un descuento adicional obligatorio de mínimo 1.000 €.
  • Persona física (Particular):
    • Hasta 4.500 € de ayuda directa para turismos (M1).
    • Hasta 5.000 € de ayuda directa para furgonetas (N1).
    • Nota: El concesionario también añade el descuento obligatorio de mínimo 1.000 €.

Comparativa: Autónomo vs. Persona Física

Beneficio o Requisito [Autónomo (Actividad Económica)Persona Física (Particular)
Ayuda Plan Auto+ (Turismo)Hasta 6.000 €Hasta 4.500 €
Límite del precio del cocheMáximo 45.000 € + IVAMáximo 45.000 € + IVA
Deducción en el IRPFSe aplica como gasto deducible o amortización de la actividad.15% de deducción en la declaración (base máx. 20.000 €).
Deducción del IVAHasta el 50% (o 100% si demuestras uso exclusivo profesional).No deducible (el particular paga el 21% de IVA íntegro).
Límite de vehículosSujeto al régimen de ayudas comunitarias (de minimis).Limitado a 1 vehículo por beneficiario.

Beneficios Fiscales Adicionales

Si compras como Persona Física (Particular)

  • Deducción del 15% en el IRPF: Puedes desgravarte el 15% del valor de adquisición del coche eléctrico en tu declaración de la Renta sobre un máximo de 20.000 € de base (es decir, hasta 3.000 € de devolución). [1, 2]
  • Punto de recarga: También cuentas con un 15% de deducción en el IRPF para el coste de la instalación doméstica (base máxima de 4.000 €). [1]

Si compras como Autónomo

  • Gasto de la actividad: Puedes amortizar el coste del coche y deducir los gastos asociados (mantenimiento, seguro, energía) en tu rendimiento neto del IRPF, siempre en proporción al grado de uso profesional que tenga el vehículo. [1]
  • Deducción de IVA: Te permite recuperar de forma directa las cuotas del IVA de la factura de compra, algo que un particular no puede hacer.
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